Ciudad de México a martes 11 de agosto de 2026 | 4:56 am
Inicio | SCJN protege a trabajadores del campo y obliga a empresas a garantizar condiciones dignas

SCJN protege a trabajadores del campo y obliga a empresas a garantizar condiciones dignas

SCJN protege a trabajadores del campo y obliga a empresas a garantizar condiciones dignas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo que obligan a las empresas agrícolas a garantizar condiciones mínimas de vivienda, alimentación, servicios sanitarios y atención médica a las personas trabajadoras del campo.

La determinación se produce tras la impugnación de por lo menos tres empresas del sector agrícola que cuestionaron las reformas laborales publicadas en enero de 2024, bajo el argumento de que trasladaban a los empleadores responsabilidades que deberían corresponder al Estado.

Entre las disposiciones cuestionadas se encuentra el artículo 283 de la Ley Federal del Trabajo, que establece obligaciones especiales para quienes emplean a personas trabajadoras del campo, entre ellas proporcionar gratuitamente habitaciones dignas cuando sea necesario, así como alimentación sana y suficiente durante la jornada, agua potable, servicios sanitarios y acceso a atención médica.  

Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel sostuvo que estas disposiciones deben analizarse a partir de las condiciones particulares en las que se desarrolla el trabajo agrícola y de la protección que requiere este sector.

Por su parte, la ministra Loretta Ortiz también destacó la situación de vulnerabilidad que históricamente han enfrentado las personas trabajadoras del campo y señaló que muchas de estas labores se realizan lejos de los centros de población, circunstancia que dificulta el acceso a vivienda, alimentación y servicios de salud.

En el mismo sentido, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, puso sobre la mesa la situación de las familias que cada año se desplazan temporalmente para trabajar en campos agrícolas, mientras que el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García destacó la importancia social de quienes trabajan la tierra y participan directamente en la producción de los alimentos que consume el país.

¿A qué más están obligados a garantizar los patrones?

Durante la jornada laboral deben otorgar como ya se mencionó anteriormente, alimentación sana, suficiente y variada; agua purificada para el consumo humano, servicios sanitarios y el traslado a los trabajadores y familiares a instalaciones del IMSS en caso no de haber servicios médicos en la zona, además de que la asistencia médica deberá ser gratuita para los trabajadores.

La legislación también contempla que los jornaleros migrantes cuenten con un seguro de vida durante sus traslados desde sus comunidades de origen hasta los centros de trabajo y posteriormente durante su regreso.

A esto se suman obligaciones directamente relacionadas con el pago. Los salarios deberán cubrirse en el lugar donde se presta el servicio y en periodos que no excedan de una semana. Cuando el pago se determine por unidad de obra o producción, el patrón deberá garantizar, como mínimo, el salario mínimo profesional correspondiente.

¿Cuánto debe ganar un jornalero en 2026?

De acuerdo con la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami), para 2026 el trabajo de jornalero agrícola y/o trabajador del campo forma parte de las ocupaciones que cuentan con un salario mínimo profesional propio.

Desde el 1 de enero de 2026, la remuneración mínima es de 356.16 pesos por jornada diaria en la mayor parte del país, mientras que en la Zona Libre de la Frontera Norte asciende a 440.87 pesos diarios.

La propia Ley Federal del Trabajo establece además que, al concluir una temporada, obra o periodo determinado, las personas trabajadoras temporales del campo deben recibir las partes proporcionales correspondientes a vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y cualquier otra prestación a la que tengan derecho.

Sin embargo, el reto continúa siendo la informalidad.

El reporte oficial del Gobierno de México correspondiente al primer trimestre de 2026 contabilizó 6 millones 121 mil personas ocupadas en el sector primario, que comprende agricultura, ganadería, silvicultura, caza y pesca.

Contexto histórico

La precariedad laboral en el campo mexicano tiene antecedentes de más de un siglo. Pues de acuerdo con una publicación de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural sobre las condiciones previas a la Revolución Mexicana, durante el Porfiriato la concentración de tierras propició la formación de grandes latifundios en los que campesinos trabajaban para caciques y terratenientes.

En aquella época, señala el Gobierno de México, las jornadas podían superar las 12 horas de trabajo a cambio de apenas 25 centavos, sin condiciones laborales básicas. La desigualdad en la propiedad de la tierra y las condiciones de explotación del campesinado se convirtieron posteriormente en algunas de las principales causas sociales de la Revolución Mexicana.

Más de un siglo después, las condiciones son jurídicamente distintas: las personas trabajadoras del campo cuentan con un salario mínimo digno y la legislación reconoce derechos relacionados con vivienda, alimentación, salud, seguridad social y prestaciones laborales.

Sin embargo, los niveles actuales de informalidad muestran que la distancia entre lo establecido en la ley y las condiciones reales en las que todavía trabajan millones de personas sigue siendo uno de los principales retos del campo mexicano.

Con el respaldo a estas disposiciones, las obligaciones de las empresas agrícolas no se limitan al pago de un salario. Los centros de trabajo deberán garantizar condiciones mínimas de habitabilidad, higiene, alimentación y atención médica, mientras que las autoridades laborales tendrán la responsabilidad de vigilar su cumplimiento.

De esta forma la SCJN garantiza que quienes trabajan la tierra y participan directamente en el abasto de alimentos del país puedan hacerlo bajo condiciones laborales que garanticen también su seguridad y dignidad.

 ANDREA QUINTERO

Noticias recientes

Encuestas recientes

Noticias, encuestas y opinión pública en un solo medio digital. Información que conecta.
Populus MX © 2026. Todos los derechos reservados
About Aviso de Privacidad