
El debate por la despenalización del aborto en México no es nuevo, desde 1871, se consideraba “no sancionable” solo en situaciones especiales, como cuando existía el peligro de muerte de una mujer y cuando es consecuencia de un acto imprudencial. Para 1931, se les permitía a las mexicanas abortar sin castigo, cuando el embarazo era resultado de una violación y en 1936 se propuso por primera vez, la despenalización del aborto, con el argumento de que correspondía a una cuestión de salud publica y no de derecho penal.
En los años siguientes el movimiento de mujeres se enfoco en otras luchas importantes como en el acceso al voto, al patrimonio y a tener la patria potestad de los hijos de las mujeres.
Para los 70’s, llegó la segunda ola del feminismo y el tema del aborto se retomó, en esta ocasión se planteó a la maternidad voluntaria y la autonomía corporal como las principales luchas.
El Movimiento Nacional de Mujeres, sugirió el aborto libre y gratuito como decisión legitima de la mujer. Tras varias iniciativas fallidas, finalmente, en el año 2000 se aprobaron como causales legales de aborto, la inseminación artificial no consentida y las alteraciones genéticas o congénitas del producto. Este fue el principio de una serie de reformas.
El 26 de abril de 2007, se publicó la aprobación de las reformas a la ley de salud y al código penal del entonces Distrito Federal, que permitieron a las mujeres decidir la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación. Ese mismo año, la Procuraduría General de la Republica (PGR) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), pidieron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), revisar si la despenalización del aborto en el DF era constitucional.
En 2008 la SCJN confirmo la congruencia constitucional y señaló que los Congresos Locales tendrían que despenalizar el aborto también, con el argumento de que el aborto legal en el DF creó condiciones de desigualdad en las mujeres que no vivían o no podían viajan a la capital para llevar a cabo este procedimiento.
Sin embargo, pese a estos avances, fue hasta el 6 de septiembre de 2023 que se dio un fallo histórico en México a nivel Federal, que despenalizó el aborto, lo que significa que, desde entonces, ningún integrante del sector salud puede ser castigado por llevar a cabo el procedimiento a nivel nacional, ni las mujeres que lo practican.
El aborto es uno de los fenómenos sociales que ha generado un gran debate en la actualidad, divide opiniones y estigmatiza a la mujer.
Estas consideraciones se basaron en lo que ya había dicho el Pleno el 7 de septiembre de 2021, que se declaró inconstitucional 5 artículos del código penal federal en el que se estigmatiza y discrimina a la mujer; por lo que en la actualidad ninguna mujer puede estar privada de la libertad o sujeta a procesos penales por llevar a cabo un aborto, entre los argumentos que se destacaron en esta decisión es que la mujer aborta por diversas razones que pueden ser físicas, económicas, sociales, familiares, entre otras; por lo que criminalizar a la mujer no soluciona el conflicto o situación, pues la base de esto es la educación sexual y apoyo no solo del estado, sino de la sociedad y la familia de las personas que lo llevan a cabo.
Actualmente, la violencia contra las mujeres y las niñas es una de las violaciones a los derechos humanos más sistemáticos y extendidos en el país. Una situación arraigada a estructuras sociales, construidas con el género como base.
Desde entonces, todos los estados se vieron obligados a homologar este fallo, ya que aquellos que permiten la criminalización de la mujer por abortar, las mujeres pueden proceder legalmente, promoviendo un amparo en la defensoría publica federal, e incluso se le puede otorgar un abogado. Las mujeres que deseen llevar a cabo alguna queja por esta situación pueden hacerlo al número: 800 2242 426.
Sin importar si es por salud o por decisión propia, el aborto no puede ser castigado para las mexicanas que lleven a cabo esta acción.